El Gobierno anunció la creación del "Programa de Asistencia para la Recomposición Financiera" para asistir a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que quedaron atrapadas por el plan de reperfilamiento de la deuda como el resto de los inversores institucionales.
San Juan 10:28 25/9/2019 - RedacciónSJ
Este plan implica que les van a pagar a las jurisdicciones a través del fondo fiduciario para el desarrollo provincial.
Con la intención de encontrar una salida al reperfilamiento de la deuda para las provincias, el Gobierno nacional decidió crear el "Programa de Asistencia para la Recomposición Financiera". Este plan implica que les van a pagar a las provincias a través del fondo fiduciario para el desarrollo provincial. Esta medida fue publicada en el 'Boletín Oficial' esta mañana mediante la resolución 731/2019.
De esta manera, el programa busca asistir financieramente a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para atender su déficit financiero y regularizar atrasos de tesorería en concepto de salarios y servicios esenciales. La medida se instrumentará contra la cesión de los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo.
En tanto, el Ministerio de Hacienda, a cargo de Hernán Lacunza será quien determine la moneda de asistencia y su cantidad, en función de las necesidades financieras de las respectivas jurisdicciones, y de acuerdo con la información que brinde la Secretaría de Provincias del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, y para dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que fueren necesarias.
Asimismo, el fondo fiduciario para el desarrollo provincial, fue constituido en 1995 y según la administración nacional tiene entre sus objetivos el de asistir y financiar programas de desarrollo, mejora de la eficiencia y fortalecimiento de los sectores de la economía real, educación, justicia, salud y seguridad y demás acciones que disponga el Estado, como su fiduciante.
Esta medida tomada por el Gobierno nacional, se fundamenta en el DNU del 28 de agosto de 2019, donde se dispuso la postergación de las obligaciones de pago correspondientes a los títulos representativos de deuda pública nacional de corto plazo. En esta norma, se estableció que la postergación no interrumpiría el devengamiento de los intereses determinados y que, en caso de que la tasa de interés sea variable, se continuaría aplicando la misma metodología prevista en sus condiciones originales, según cada título de deuda.
En este contexto, desde Hacienda explican que tanto las provincias como la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, poseen títulos alcanzados por lo dispuesto en el referido decreto 596/2019 y tienen dificultades para acceder a un financiamiento que les permita atender su déficit financiero y regularizar atrasos de tesorería en concepto de salarios y servicios esenciales.
En este sentido, tras los reclamos de varias provincias respecto de la crisis a la que se enfrentan, consideran necesario crear un programa para la recomposición financiera de las jurisdicciones, a ser implementado a través del citado fondo fiduciario para el desarrollo provincial. Así, el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.