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La Cámara Federal de San Martín suspendió el artículo del decreto 70/2023 que habilitaba el ingreso de capitales privados a los clubes, en una victoria crucial para la entidad. |
San Juan 16:22 5/12/2024
elinformadordecuyo@gmail.com
La disputa entre la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y el gobierno de Javier Milei vivió un nuevo capítulo este 5 de diciembre.
En un fallo que ha generado gran repercusión, la Cámara Federal de San Martín, a través de su Sala I, resolvió suspender los efectos de un artículo del Decreto 70/2023 que habilitaba la entrada de capitales privados a las entidades deportivas, en especial a los clubes de fútbol.
Esta decisión representa una victoria importante para la AFA y su presidente, Claudio “Chiqui” Tapia, quien se ha opuesto firmemente a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD) que propone el gobierno.
Desde la asunción del gobierno libertario, el tema de las SAD ha sido uno de los puntos más controvertidos de su agenda política.
A través del Decreto 70/2023, el gobierno buscaba modificar la estructura jurídica de los clubes, permitiendo que empresas privadas pudieran hacerse cargo de la gestión de los equipos deportivos.
La propuesta se presentaba como una solución a los problemas económicos que atraviesan muchas instituciones deportivas, pero chocaba con la estructura tradicional y sin fines de lucro de las asociaciones deportivas, que, como la AFA, han defendido siempre su autonomía.
La polémica creció cuando la AFA, en un reclamo judicial, solicitó la suspensión cautelar de las disposiciones que habilitaban a las SAD. A través de un recurso presentado ante la justicia, la AFA buscaba evitar que los clubes se vieran forzados a aceptar la participación de sociedades anónimas en su funcionamiento.
Según la AFA, esto alteraría de forma irreparable el carácter autónomo y democrático de las entidades deportivas.
La decisión judicial y sus implicancias
En el fallo dictado el 5 de diciembre, los jueces de la Cámara Federal de San Martín – Marcelo Darío Fernández, Marcos Moran y Juan Pablo Salas – resolvieron mantener la medida cautelar que suspendía los efectos del Decreto 70/2023.
Los jueces argumentaron que la normativa impugnada afectaba negativamente la autonomía de las asociaciones deportivas, obligándolas a aceptar afiliaciones de sociedades anónimas, algo que iba en contra de sus estatutos y principios organizativos.
El tribunal justificó la medida al considerar que los cambios propuestos por el decreto no respondían a una urgencia ni a una situación de necesidad inmediata, como alegaba el gobierno. En este sentido, los jueces concluyeron que las modificaciones no eran urgentes ni representaban una emergencia que justificara una actuación legislativa inmediata.
Además, se destacó que las modificaciones perjudicarían a las entidades deportivas sin fines de lucro, quienes perderían el control sobre sus propios procesos organizativos.
El argumento de la AFA: defensa de la autonomía y el interés general.
La AFA presentó una serie de argumentos en defensa de su postura, uno de los más fuertes siendo la alteración del derecho de libre asociación. De acuerdo con la entidad, el ingreso de capitales privados afectaría gravemente la libertad de las asociaciones para determinar su composición y funcionamiento, un principio clave de las asociaciones civiles.
En su presentación, la AFA también apuntó que la normativa beneficiaría a un sector minoritario y no a todo el conjunto de la sociedad, por lo que no reflejaba un interés general.
Los jueces coincidieron con esta visión y decidieron que la medida cautelar era necesaria para proteger los derechos de la AFA y de otras asociaciones deportivas mientras se resuelve el fondo del litigio.
Este fallo se presenta como un primer gran triunfo para la AFA en su lucha por mantener su autonomía frente a los intentos del gobierno de privatizar parcialmente la gestión del fútbol argentino.