FINANZAS
Volvieron a prorrogar la feria fiscal, esta vez hasta el 25 de octubre

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo oficial este jueves la prórroga por 10 días más (hasta el próximo 25 de octubre) de la feria fiscal, que alcanza a las determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros procedimientos.


San Juan 12:06 15/10/2020 - elinformadordecuyo@gmail.com

En el marco de la extensión del aislamiento social que el Gobierno nacional dispuso el 11/10 por la pandemia del coronavirus, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo oficial este jueves la prórroga hasta el próximo 25 de octubre de la feria fiscal. 

Según Resolución general 4835/2020 publicada en el Boletín Oficial, la medida alcanza a las determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras e intimaciones de pago, entre otros procedimientos. 

Además, durante la vigencia de las medidas de aislamiento y distanciamiento social, preventivo y obligatorio, se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos. 

La normativa exceptúa de la feria fiscal a los procedimientos que realiza el organismo recaudador por precios de transferencia, así como aquellas fiscalizaciones realizadas en función de la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) sobre cuentas de argentinos en el exterior. 

La resolución contempla entre los procedimientos habilitados a las fiscalizaciones electrónicas, es decir a aquellos controles y verificaciones no presenciales que se tramitan online.

La medida no suspenderá las acciones de la AFIP, aunque durante su vigencia quedarán en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo. 

También indicó que los jueces administrativos, mediante resolución fundada podrán habilitar días y horas para la realización de determinados actos o trámites, en los casos en que la demora afecte los intereses del Fisco.