REGLAMENTAN ARTÍCULO DE LA LEY DE TRÁNSITO
Los niños hasta 10 años deberán viajar con silla de seguridad en el auto

La medida modifica el artículo 40 de la ley y establece dentro de los requisitos para circular que "los menores de diez (10) años deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema de Retención Infantil homologado al efecto, en relación a su peso y tamaño".


El Gobierno reglamentó un artículo de la Ley de Tránsito mediante un decreto del Ministerio de Transporte: a partir de ahora, los menores de 10 años de todo el país deberán viajar en el asiento trasero con sillita de seguridad. La publicación del Boletín Oficial explica que la norma se aplicará de manera efectiva en todo el territorio nacional. Sin embargo, en estos momentos Córdoba, Mendoza, Capital Federal y Santa Fe tienen diferentes legislaciones sobre el tema.

Según informaron, la ley establecía antes sólo que los menores de 10 años debían viajar en el asiento trasero,y con este cambio se le agregó que “deben viajar sujetos al asiento trasero, con el Sistema de Retención Infantil homologado al efecto, en relación a su peso y tamaño”.

Fabián Pons, presidente de OVILAM (Observatorio Vial Latinoamericano), puso reparos a la reglamentación: “Así como quedó, está a medias. No está explicado lo que hay que explicar, el problema no es la edad sino la altura y el peso. La banda pectoral debe tomar siempre la zona del centro de la clavícula.

Pero ¿qué pasa si mide 1,40 metros y está sin la sillita y sólo con el cinturón colocado? Si choca, se ahorca”. El especialista en Seguridad Vial también afirmó “dice que el SRI debe estar homologado pero acá en Argentina no hay ningún centro de homologación. Se utilizan las de afuera, pero muchas pueden ser truchas”. Y explicó que “en las últimas pruebas que se hicieron de sillitas las mayores falencias las encontraron con los choques laterales. Ante el choque se partían y se clavaban en las costillas de los chicos”.