PASO 2017: Qué se puede y qué no se puede hacer en la veda electoral

Desde las 08 de la mañana de hoy no se podrá hacer ningún acto proselitista. Conocé qué determina el Código Electoral sobre la propaganda política, la venta de bebidas alcohólicas y espectáculos masivos.



Desde las 8 de la mañana de hoy rige la veda electoral por las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), por lo que no se podrá efectuar ningún acto proselitista hasta el comienzo del escrutinio, el domingo a las 18. La veda alcanza a todo tipo de declaración de propaganda política de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, como la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

El Código Electoral Nacional prevé además la prohibición de todo tipo de espectáculo masivo -cultural, social o deportivo- durante el domingo hasta tres horas después de finalizado el proceso electoral. Esto comprende espectáculos populares al aire libre, espectáculos populares en recintos cerrados, fiestas teatrales y deportivas y toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

La venta de bebidas alcohólicas estará prohibida desde las 20 del día anterior a la elección (12 horas antes de la apertura de urnas) y hasta tres horas de finalizado el comicio. Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

Fuente: DyN