Se mantendrá sin efectos hasta fin de año y alcanza a los deudores por cheques sin fondos.
San Juan 10:57 19/6/2020 - RedacciónSanjuan@
El Gobierno extendió por 180 días la vigencia del Decreto 312 que establecía la suspensión del cierre de cuentas bancarias a modo de sanción para aquellos personas que hayan librado cheques sin fondos, en el marco de la cuarentena por coronavirus.
"Las multas administrativas, más allá de cuál sea el destino de su producido, no persiguen fines recaudatorios sino incentivar a que no se produzca la conducta reprochada", detalla el Decreto 544 oficializado este viernes en el Boletín Oficial.
De esta forma, se congelan hasta el 31 de diciembre el procedimiento de cierre de cuentas bancarias, al igual que la inhabilitación de operaciones en carácter de multas.
En el mismo sentido, se prorrogó la suspensión de la normativa que recae sobre las instituciones crediticias al poder requerir a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeuda suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día.
La nueva implementación se podrá en vigencia desde este viernes, y se suma al listado de excepciones que dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) ante la caída tributaria por el impacto de la pandemia.
En tanto, desde las consultoras privadas alertaron por una alta tasa de rechazo de los instrumentos de pago diferidos. La Unión Industrial de Córdoba (UIC), señaló que el 33% de las fábricas no pudo cobrar al menos el 10% de sus cheques durante mayo; mientras que un 10% no pudo hacer efectivos pagos diferidos de dos de cada diez cheques que tenía. Además, hubo otro tercio que logró cambiar sin problemas esas herramientas de pago.