
También se escuchó al empleado policial que se encontraba en la recepción del hotel al momento en que la joven pidiera auxilio, tras ser atacada. Mediante su contrainterrogatorio Lozada pudo acreditar, entre otras irregularidades, el "presunto" desconocimiento de los empleados de la empresa de la obligación de efectuar una denuncia penal luego de tomar conocimiento de un ataque sexual. Máxime, cuando el sujeto acusado es dependiente de esa misma empresa y la víctima una pasajera menor de edad.
De los testimonios recabados surgió otra peculiar circunstancia: cuando se advierte que un operador de la empresa ha mantenido relaciones sexuales consentidas con alguna joven a su cargo, pues entonces es "enviado a su casa", a modo de sanción. Es decir, que se omite toda investigación tendiente a deslindar responsabilidades y a sancionar formalmente al empleado que lleva a cabo esa relación sexual con una menor de edad.
El Fiscal Jefe también contrainterrogó al empleado policial que se encontraba prestando servicio adicional en la recepción del hotel, al momento de que la joven víctima diera noticia del ataque perpetrado en su contra. Pudo corroborar que lejos de informar a sus superiores jerárquicos, como debe efectuar cada vez que llega a su conocimiento una noticia acerca de un hecho de tamaña gravedad, el efectivo mantuvo silencio y dejó librado a los operadores de la empresa a la cual pertenecía el denunciado, la decisión de qué hacer o no hacer respecto de la joven estudiante. De hecho, fue recién nueve horas después de pedir repetido auxilio, que la joven fue llevaba a un consultorio ginecológico. El juicio continuará el próximo martes 13 de marzo, ante la Cámara Primera del Crimen. Fuente: Bariloche2000