ECONOMÍA
Supermercados, kioscos, hoteles o casas de electrodomésticos podrán comprar y vender dólares

Buscan darle más competencia y transparencia al mercado. Para ello, los comercios deberán anotarse en el registro correspondiente. La medida entra en vigencia a partir del 1° de marzo



El Banco Central informo un nuevo marco normativo para la actividad cambiaria, dispuso que las empresas de cualquier sector que operen de manera habitual en el Mercado Libre de Cambios podrán funcionar como agencia de cambios con el único requisito de inscribirse en el “Registro de operadores de cambio”. También podrán hacerlo las personas físicas que previamente hayan constituido una Sociedad Anónima Unipersonal (SAU) o una Sociedad por Acciones Simplificadas (SAS).

La medida se toma “con el objeto de brindar mayor competencia y transparencia a ese mercado mediante la incorporación de nuevos y diversos oferentes, a la vez que simplificar toda la tramitación respectiva”, según informó la entidad en un comunicado. De esta manera, un supermercado, una cadena de electrodomésticos, un hotel o cualquier otro comercio podrá adicionar la operación con monedas extranjeras a su actividad principal, del mismo modo que podrá hacerlo un individuo.

El “Registro de operadores de cambio” funcionará online, será de libre acceso y estará disponible en la web del BCRA. Una vez cumplido el trámite de inscripción, las nuevas agencias de cambio quedarán habilitadas para comenzar a operar de inmediato. Las entidades cambiarias que operan en la actualidad, en tanto, serán incorporadas automáticamente al Registro.

Las casas de cambio, a su vez, incorporan la posibilidad de realizar operaciones de comercio exterior y transferencias internacionales, lo que les permitirá competir con entidades bancarias que ofrecen esos servicios a las empresas. Las disposiciones aprobadas por el Directorio del BCRA entrarán en vigencia a partir del 1 de marzo de 2018.