RECHAZARON EL DESAFUERO Y LA DETENCIÓN DE JULIO DE VIDO

El juez Rodríguez no aceptó indagar al ex ministro de Planificación y a otros 22 imputados hasta la terminación de nuevas medidas de prueba, en la causa de Río Turbio. No hizo lugar al pedido del fiscal Stornelli.



El juez federal Luis Rodríguez rechazó hoy detener y pedir el desafuero del diputado nacional, ex ministro de Planificación, Julio De Vido, por entender que no hay riesgo de fuga o entorpecimiento de la causa de Río Turbio, según data la información. El magistrado mantuvo el mismo criterio que había utilizado el jueves con tres funcionarios con menores responsabilidades, en la investigación por el desvío de 265 millones de pesos sobre un total de 26 mil millones invertidos por De Vido en la fracasada reconversión de esa mina.

Antes de imponer el secreto de sumario, Rodríguez también rechazó la detención del ex secretario de Coordinación de esa cartera, Roberto Baratta, y los otros 21 imputados por el fiscal Carlos Stornelli. Consideró que aún no se agotaron todas las pruebas necesarias para indagar como sospechoso y menos aún detener y pedir el desafuero de De Vido. En cambio, aceptó una serie de medidas de pruebas que le solicitó el fiscal, como realizar una serie de allanamientos, permitir la intervención de la Unidad de Información Financiera (UIF), pedir una serie de informes a organismos del estado y entidades privadas, entre otras. No se descarta que dentro de tres meses, cuando esté el resultado de las nuevas medidas de prueba, ordene la indagatoria de De Vido y eventualmente la detención.

El martes pasado, Stornelli solicitó la indagatoria y detención de 23 personas, encabezadas por De Vido, su segundo Baratta; el ex secretario de Minería Jorge Mayoral, y directivos de YCRT por haber malversado casi 265 millones de pesos que debían destinarse la reactivación de la mina de carbón de Río Turbio. “Es necesario tener en cuenta que la única justificación constitucionalmente válida para mantener privada de su libertad a una persona durante el proceso, cuando aún goza de la presunción de inocencia, es la existencia de peligro procesal”, sostuvo el juez. el magistrado añadió, en ese sentido, que la detención debería concretarse solo ante “la existencia de elementos de convicción suficientes para presumir que intentará fugarse o que estando en libertad entorpecerá el desarrollo de la investigación”.

Las fuentes judiciales dijeron que el juez Rodríguez hizo lugar al pedido de uno de los acusados por el fiscal Stornelli el martes pasado por una millonaria defraudación a través de convenios firmados con YCRT.